Trámites de nacimiento en Cataluña
Qué hay que hacer, en qué orden y con qué papeles
Los primeros días con un bebé en casa no son el mejor momento para hacer papeleo, pero hay una parte que no se puede dejar. La buena noticia es que hoy la inscripción la hace casi siempre el propio hospital. Aquí tienes los trámites principales en Cataluña, en el orden en que normalmente tocan, para que no se te escape ninguno.
Los trámites, por orden
Guías paso a paso de cada trámite
Los trámites paso a paso
Paso 1: Ten los papeles a mano
1Antes de nada, una carpeta. Ahí irán el informe de alta, la declaración de nacimiento, los DNI y todo lo que te vayan dando. Si la separas por temas (hospital, Registro Civil, trabajo y Seguridad Social) encontrarás las cosas en un momento. Y haz una foto de cada documento con el móvil: si algún día te falta uno, al menos tendrás la copia.
Una carpeta y listo
Desde el primer día, guarda en una misma carpeta (física o en el móvil) todo lo que te den: el informe de alta, la declaración de nacimiento y los DNI de los progenitores. Haz una foto de cada documento. Te parecerá exagerado hasta el día que te pidan uno que no encuentras.
Paso 2: Los documentos del hospital
2En el hospital te darán el informe médico del parto, el informe de alta y el formulario de declaración de nacimiento, que tenéis que firmar. Revisa que los nombres, las fechas y las firmas estén bien antes de iros. Si tienes dudas, pregunta a las matronas o al personal de planta: lo hacen cada día y te lo resolverán en un minuto.
Revísalo antes de iros
Antes del alta, comprueba que tienes el informe médico del parto y el informe de alta, y que habéis firmado el formulario de declaración de nacimiento. Si no estáis casados, tenéis que firmarlo los dos para que conste la filiación. Si algo no cuadra, pregúntalo allí mismo: es mucho más fácil que volver después.
Paso 3: Inscripción en el Registro Civil
3La inscripción en el Registro Civil normalmente la hace el propio hospital, que envía los datos por vía electrónica. Si no es el caso, tenéis 10 días para ir al Registro Civil con los documentos de identidad de los progenitores y los papeles del parto. Una vez inscrito, recibiréis el certificado de inscripción, que necesitaréis para la Seguridad Social, el padrón y la tarjeta sanitaria.
Normalmente lo hace el hospital
Hoy en día, los hospitales pueden comunicar el nacimiento al Registro Civil por vía electrónica en las primeras 72 horas, si cumplís unos requisitos. Si no se ha hecho así, tenéis 10 días para declararlo en el Registro Civil; pasado ese plazo, hay que tramitar un expediente. Ya no se abren libros de familia nuevos: cada persona tiene su registro individual.
Paso 4: Si la madre estaba de baja
4Si la madre estaba de baja por enfermedad antes del parto, hay que cerrar esa baja para que pueda empezar el permiso por nacimiento. Se gestiona con el médico de cabecera en el CAP: pide cita y lleva el informe de alta del hospital y el DNI.
Cerrar la baja por enfermedad
Si la madre estaba de baja por enfermedad durante el embarazo, esa baja tiene que cerrarse para que empiece el permiso por nacimiento. Pregunta en tu CAP cómo lo gestionan: a menudo basta con el informe de alta del hospital y el DNI.
Paso 5: Permiso por nacimiento y empresa
5El permiso por nacimiento se solicita a la Seguridad Social y se cobra el 100% de la base reguladora. Avisa a la empresa cuanto antes y pregunta en recursos humanos si el convenio permite acumular las horas de lactancia. Si cobras el paro, la prestación se suspende durante el permiso y luego se reanuda.
19 semanas para cada progenitor
Cada progenitor tiene 19 semanas de permiso. Las 6 primeras se disfrutan justo después del parto y a jornada completa; otras 11 se pueden repartir hasta que el bebé cumpla 12 meses, y las 2 últimas se pueden usar hasta que tenga 8 años. Se solicita a la Seguridad Social (también por internet) y hay que avisar a la empresa. Después tienes el permiso de lactancia: una hora al día hasta los 9 meses, o acumulada en días completos si el convenio lo permite.
Preguntas frecuentes sobre los trámites de nacimiento
¿Qué plazo hay para inscribir al bebé en el Registro Civil?
Si nace en un hospital y cumplís los requisitos, el propio hospital hace la comunicación en las primeras 72 horas. Si no, tenéis 10 días para declarar el nacimiento en el Registro Civil. Pasado ese plazo, hace falta un expediente.
¿Qué documentos necesito?
Los DNI, pasaportes o NIE de los dos progenitores, el certificado de nacimiento firmado por la matrona (el «papel amarillo») y la hoja de datos estadísticos (el «papel rosa»). Si no es el primer hijo, también el libro de familia o el certificado del Registro Civil del hijo mayor. Libros de familia nuevos ya no se abren.
¿Hay que sacarle el DNI al bebé?
No es obligatorio hasta los 14 años. Eso sí, si viajáis fuera de España el bebé necesitará DNI (dentro de la UE) o pasaporte. Se hace en comisaría con cita previa y hay que llevar un certificado literal de nacimiento de menos de seis meses.
Productos recomendados para tu bebé
El mejor balanceador de cochecitos de bebé: RockItVer ofertas
Pañales Dodot Sensitive talla 1 (2-5 kg), 224 u. + toallitasVer ofertas
Suavinex Zero Zero - Biberón Anticólicos, con Tetina de Flujo Lento (S) de Silicona, +0 Meses, Biberón para bebés, compatible Lactancia Materna, 180 mlVer ofertas
Saco de dormir Yoofoss 1,5 TOG de algodón, todo el añoVer ofertas
Bébé-Jou - Cambiador plastificado, 72 x 44 cm, diseño Hello Little OneVer ofertas